10/03/2025

Medidas y planes de seguridad

Instalaciones de explosivos

Desde esta página se podrá consultar la información necesaria para la aprobación planes de seguridad ciudadana de instalaciones de elaboración y almacenamiento de explosivos.

Si posee firma digital puede realizar este trámite administrativo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil.


 

Información general:


Denominación del procedimiento: 1000019 - Aprobación de los planes de seguridad de instalaciones de elaboración y almacenamiento de explosivos.

Se entenderá por instalaciones de elaboración de almacenamiento de explosivos toda aquella instalación que se dedique en exclusiva a la elaboración y almacenamiento de explosivos.

La fabricación de explosivos solo se podrá efectuar en fábricas autorizadas.

El almacenamiento de explosivos solo se podrá efectuar en los depósitos comerciales y de consumo de explosivos autorizados.

Todas estas instalaciones contarán para su vigilancia con vigilantes de seguridad de explosivos pertenecientes a una empresa de seguridad. Se podrá sustituir la vigilancia humana por una física suficiente, que como mínimo serán las que se especifican en el anexo I de la Instruccion Técnica Complementaría número 1 del Reglamento de Explosivos, y que será aprobada, en su caso, por la Intervención Central de Armas y Explosivos".


 

Concesión y vigencia:


La aprobación de los planes de seguridad ciudadana de las instalaciones de elaboración y almacenamiento de explosivos corresponde a la Dirección General de la Guardia Civil, Intervención Central de Armas y Explosivos y tendrán validez indefinida.

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Solicitudes y documentación:


La aprobación de los planes de seguridad ciudadana de las instalaciones de elaboración y almacenamiento de explosivos, se presentarán o bien directamente en la Intervención Central de Armas y Explosivos o en la Intervención de Armas y Explosivos de la Guardia Civil de la provincia donde vaya a realizarse la actividad.

La solicitud de aprobación, pulse aquí para descargarla, irá acompañada de un Plan de Seguridad Ciudadana en el que se especificará:

  • Empresa de seguridad responsable.
  • Seguridad Humana:
    • Número de vigilantes de seguridad por turnos.
    • Número de turnos.
    • Número de puestos de vigilancia.
    • Responsable de seguridad.
  • Seguridad física:
    • Condiciones de las fachadas, puertas, cercado perimetral y  protección electrónica, cuando proceda.
    • Tiempo de reacción.
    • Conexión con centro de comunicación.
    • Conexión con la Guardia Civil.


 

Norma reguladora del procedimiento:


Reglamento de Explosivos (R.D. 130/2017, de 24 de febrero).

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